lunes, 28 de mayo de 2018

HOY HACE DIEZ AÑOS


El 28 de mayo de 2008, hoy hace pues exactamente diez años ya, el Ayuntamiento en pleno adoptó un acuerdo que algunos de los entonces portavoces de los grupos municipales calificaron de histórico. Y ciertamente lo fue. Se trata del inicio de las actuaciones relacionadas con la Unidad de Ejecución UE-1 del PGOU más conocida como "plaza de España". El acuerdo fue adoptado por unanimidad de los grupos entonces formado por IU y PSOE en el equipo de gobierno, y por el PP en la oposición. En realidad lo que hicieron fue crear una administración paralela fuera de todo control.

Diez años después, hay seis causas penales abiertas, un concurso de acreedores con la sociedad constituida por aquel acuerdo, en quiebra, la Empresa Municipal del Suelo también en quiebra, decenas de sentencias de lo contencioso firmes ya que afirman que lo que se hizo en realidad fue una ocupación ilegal, y una pavorosa deuda económica que se proyectará en los próximos años sobre la solvencia del Ayuntamiento y cuya viabilidad es más que dudosa.

Con ese motivo hemos confeccionado un cuadernillo especial de El Molino de Papel que iremos enviando durante esta semana a nuestros socios y seguidores que lo han pedido. En él explicamos con detalle cómo y quiénes han protagonizado este desastre durante los años que van de 2008 a 2012. Esclarecemos pues todo lo que pasó y cómo se llegó a este estado de cosas.

PEDIR LA REVERSIÓN

El cumplimiento de los diez años tiene más importancia que una simple efemérides, pues en este caso se cumple el plazo de los diez años que la Ley de Expropiación Forzosa prevé para aquellos casos en los que los bienes o derechos expropiados no han sido satisfechos o no han sido ejecutados conforme a la causa por la que lo fueron. En otras palabras, a partir de hoy los propietarios que fueron expropiados y no han recurrido a la jurisdicción contenciosa pueden solicitar la reversión de los bienes. Lo cual añadirá una nueva complicación al caso y a la que el Ayuntamiento tendrá que hacer frente. 

jueves, 24 de mayo de 2018

CASO PLAZA DE ESPAÑA: FALLECE EL REPRESENTANTE DEL FONDO BUITRE



HA FALLECIDO EL REPRESENTANTE DEL FONDO BUITRE AMERICANO ADJUDICATARIO DE LOS ACTIVOS DE PLAZA DE ESPAÑA

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Según información a la que ha tenido acceso EL MOLINO, D. ÁLVARO DE LA HUERTA Y OZORES, 11 Marqués de Puebla de Parga y administrador único de PACÍFICA CAPITAL GESTIÓN SL, ha fallecido en Madrid hace algunas semanas a causa de una rápida enfermedad. El señor Huertas era el administrador único de la sociedad mercantil PACIFICA CAPITAL GESTIÓN SL que resultó adjudicataria por el Juzgado número 6 de lo Mercantil en el que se sigue el procedimiento concursal de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, de todos sus activos por el importe de 27,5 millones de euros. Se da la circunstancia de que recientemente esos mismos activos han sido tasados por BANKIA en 51 millones de euros. Lo cual da una clara idea del cachondeo de las tasaciones, cuyas valoraciones se hacen a la medida de quien luego va a ser el adjudicatario cuando no es precisamente a quien el Administrador concursal le encarga la tasación. Un verdadero escándalo.

La operación de compra de los activos por parte de PACÍFICA CAPITAL GESTIÓN SL (una sociedad instrumental del fondo buitre americano administrado por PACÍFICA CAPITAL INVESTMENT LLC, quien a su vez forma parte de un holding con sede en el estado de Nevada (USA), fue inicialmente abortado a resultas de una denuncia presentada por nuestra asociación ante la Fiscalía, que dio lugar luego a la adopción de una serie de medidas cautelares ordenandas por el Juzgado 5 de Coslada, como la suspensión de la transacción y la inscripción de dichas medidas en el Registro de la Propiedad de San Fernando. En la actualidad, esas medidas siguen vigentes si bien están pendientes de resolución hasta conocer el fallo de una apelación en la Audiencia Provincial a resultas de un incidente presentado por el Ayuntamiento en el Procedimiento Concursal.

El señor DE LA HUERTA había sustituido como administrador de la sociedad precisamente al verdadero hombre fuerte del fondo americano en España, Lord Jr. Clifford W, en el año 2012.



UN PROYECTO DESCABEZADO

Nuestra asociación se dirigió varias veces al administrador de PACÍFICA CAPITAL GESTIÓN SL con ocasión de la transmisión de los activos de PESF SL por 27,5 millones de euros, advirtiéndole que seríamos beligerantes con aquella resolución del Juzgado de lo Mercantil que, a nuestro juicio incumplía de manera flagrante, entre otras disposiciones, la Ley de Patrimonio Histórico. Las advertencias se las hicimos llegar por varias conductos fehacientes, y si bien no obtuvimos contestación formal por su parte, sí que supimos por fuentes allegadas que PACÍFICA CAPITAL GESTIÓN había manifestado al Administrador Concursal que renunciaba a la operación porque no estaba garantizada la seguridad jurídica de la misma. Y si bien esa renuncia se infiere de un Auto del Juzgado de lo Mercantil número 6 quien califica la operación como fallida, sin embargo no existe revocación formal del Auto de adjudicación. Lo cual acumula una vez más irregularidades formales incomprensibles, pues a estas alturas formalmente no es posible saber qué decisión real prevalece en el propio Procedimiento concursal.




BALANCE DE PACÍFICA CAPITAL GESTIÓN SL DE 2014, QUE REVELA QUE ESTA SOCIEDAD ESTABA EN CAUSA DE DISOLUCIÓN A LA FECHA DE LA ADJUDICACIÓN DE LOS ACTIVOS DE PESF SL AL TENER UN PATRIMONIO NETO NEGATIVO. ES CLARO QUE PACÍFICA CAPITAL NO PODÍA ASPIRAR A ADQUIRIR DICHOS ACTIVOS POR SU MANIFIESTA INSOLVENCIA EN AQUELLA FECHA, Y QUE EN REALIDAD LO ESTABA HACIENDO POR CUENTA DE OTROS. ES DECIR, POR CUENTA DEL FONDO BUITRE AMERICANO.



El fallecimiento del señor DE LA HUERTA, impide continuar con la aventura por parte de PACÍFICA CAPITAL GESTIÓN puesto que era el administrador único de la sociedad limitada que, además, presentaba un balance de clara insolvencia pues su capital social era de solo 3.000 euros y carecía de recursos propios suficientes como para acometer la inversión a la que aspiraba en el caso de esos activos. Como puede verse en el balance de arriba, PACÍFICA CAPITAL presentaba un Patrimonio Neto negativo y por ello era claramente insolvente a la fecha de la adjudicación de los activos por parte del Juzgado. Lo cual revela que en realidad PACÍFICA CAPITAL GESTIÓN era una sociedad pantalla tras la que se ocultaban los verdaderos tiburones del fondo americano, con quien el señor DE LA HUERTA tenían pactos desconocidos para ejecutar esta actuación por cuenta de ellos. 

Así pues, consideramos totalmente conjurado el peligro que se cernía sobre los activos de PESF SL (entre los que se hallan incluidos los bienes culturales declarados conjunto histórico), de que cayeran en manos del fondo buitre PACÍFICA CAPITAL, con las consecuencias por todos conocidas. Ahora habrá que centrarse en otros peligros que acechan y a los no es ajeno el actual equipo de gobierno.

domingo, 20 de mayo de 2018

ACLARANDO LAS DEUDAS (LAS YA CONTRAÍDAS Y LAS QUE SE AVECINAN)


PLENO MONOGRÁFICO DEL PASADO 9 DE ABRIL SOBRE EL CASO PLAZA DE ESPAÑA PEDIDO POR LA OPOSICIÓN. SURREALISTA TODO. NO DEJEN DE VERLO PORQUE ESTÁ COLGADO EN LA WEB MUNICIPAL. ¿SABEN CUÁNTO LES CUESTA A USTEDES ESPERPENTOS COMO ESTE? PUES CALCULEN Y EMPIECEN POR SABER QUE PARA ESTE PLENO QUE DURÓ 45 MINUTOS DE REPROCHES SURREALISTAS, CADA CORPORATIVO NO LIBERADOS COBRA 200 EUROS POR SESIÓN, ADEMÁS LÓGICAMENTE DE LOS FUNCIONARIOS HABILITADOS Y LOS CONCEJALES LIBERADOS, ¡ QUE COBRAN IGUAL QUE LOS DELEGADOS PERO NO TIENEN RESPONSABILIDAD ALGUNA! COJAN PUES LA CALCULADORA Y VERÁN CUÁNTO CUESTA AL ERARIO MUNICIPAL ESTA EXHIBICIÓN DE FRIVOLIDAD.



CUADRO EXTRAÍDO DEL INFORME DEFINITIVO DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL Y, AL PARECER, CONFECCIONADO A LA VISTA DE LA CONTABILIDAD DE PESF. BAJO EL EPÍGRAFE DE ACTIVOS FINANCIEROS, FIGURAN VARIOS IMPORTES (EN AMARILLO) COMO CRÉDITOS A FAVOR DE PESF SL Y CONTRA VARIOS SOCIOS, CUANDO EN REALIDAD SE TRATA DE PAGOS REALIZADOS A PARTES VINCULADAS (SOCIOS PRIVADOS) POR IMPORTE DE 4,2 MILLONES DE EUROS. COMO PUEDE VERSE, ESTOS FALSOS CRÉDITOS ESTÁN CAMUFLADOS CON LOS ANTICIPOS DE AMORTIZACIÓN DE HIPOTECAS A LOS SOCIOS PRIVADOS POR IMPORTE DE 2,3 MILLONES DE EUROS. PARA COMPRENDER LOS CUADROS SIGUIENTES, ES NECESARIO ACUDIR A ESTE TAMBIÉN, YA QUE REVELA LOS PAGOS REALIZADOS A MEDIA DOCENA DE SOCIOS AL MARGEN DE TODA LEGALIDAD Y EN EL MÁS ABSOLUTO SECRETO. LO CUAL EXPLICA QUE ESTOS IMPORTES ESTÉN CAMUFLADOS EN EL ACTIVO CUANDO EN REALIDAD SON PÉRDIDAS PURAS Y DURAS, YA QUE COMPRARON A LOS SOCIOS SUS PROPIAS EXISTENCIAS CONTABILIZADAS EN EL BALANCE A PRECIO DE COSTE (701,10 €), POR CUATRO Y CINCO VECES ESE VALOR.


LA VERDADERA DEUDA ACUMULADA POR EL CASO PLAZA DE ESPAÑA
(AYUNTAMIENTO + PESF SL)



CUADRO DESAGREGADO DE CONDENAS AYUNTAMIENTO TSJM



CUADRO AGREGADO CONDENAS AYTO + PASIVO CONCURSO PESF SL

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DEL EXPOLIO A LA INEVITABLE RUINA DEL AYUNTAMIENTO

El pasado día 9 de abril se celebró un pleno municipal monográfico sobre el caso plaza de España solicitado por la oposición. Para asombro de propios y extraños, la sesión derivó como siempre en múltiples reproches entre los grupos de la oposición y el equipo de gobierno y viceversa. Sugerimos consultarlo porque es un buen ejemplo de la frivolidad y del profundo desconocimiento de la gravedad del caso. Y, sobre todo, de la formidable confusión que exhiben unos y otros sobre el sangrante expolio que se cierne sobre las arcas municipales por este asunto, y cuyas consecuencias directas sobre la viabilidad financiera futura del Ayuntamiento, toda la Corporación en pleno parece querer ignorar dada la exhibición de frivolidad cuando no el patente desconocimiento que sobre el caso muestran unos y otros. 

Particularmente inquietantes fueron las afirmaciones realizadas por la propia alcaldesa en ese pleno a propósito de su plan (secundado, ojo al dato, por IU y por el PSOE y con la tibia abstención del PP), de acogerse al Fondo de Impulso Económico mediante un préstamo del ICO de 33 millones de euros. Y que, junto con los al parecer acuerdos que tiene comprometidos con BANKIA y el Administrador Concursal, la alcaldesa no dudó en calificar como la "solución" final y feliz del caso plaza de España. Calificamos esta afirmación de la alcaldesa de inquietante siendo muy prudentes, porque desde luego revela que, o bien la alcaldesa lo desconoce todo acerca del problema del caso y su repercusión futura más inmediata sobre la solvencia financiera del propio Ayuntamiento, o simplemente ha faltado clamorosamente a la verdad con todo desparpajo.

Y es que, en efecto, la señora alcaldesa no tiene claro o pretenden confundir al personal, asegurando que, al atender los fallos judiciales del TSJ de Madrid en los que se viene condenando al Ayuntamiento con esos fondos del ICO, se conjura el riesgo de contagiar el pasivo de PESF SL a los estados financieros municipales, cuando es patente que estas sentencias con severísimas condenas lo son contra el Ayuntamiento por su responsabilidad patrimonial, lo que permite cuantificar el afloramiento de una pavorosa deuda autónoma que se proyecta directamente sobre los estados financieros corporativos, y que constituye por ello una clara amenaza por sí misma de la propia solvencia y viabilidad futura de la Corporación.

Por esa razón, hemos elaborado los cuadros de arriba que expresan que, además de constituir cargas pasivas autónomas y  en el caso del Ayuntamiento nuevas, acumuladas las dos y proyectadas ambas sobre la responsabilidad municipal, supondrá más pronto o más tarde tener que hacer frente en un futuro a deudas que se aproximan a los doscientos millones de euros. Explicamos el porqué.

EXPLICACIÓN AL CUADRO PRIMERO

El cuadro primero se basa en la fijación muy reciente del importe por metro cuadrado a que el Ayuntamiento ha de hacer frente, por el TSJM, y que finalmente y después de peritaciones caóticas provocadas precisamente por el propio Tribunal, se ha visto obligado a señalar en 2.666 € tanto para el metro cuadrado de las construcciones como para el suelo. Y a pagar pues, solo por ese concepto de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, a los socios privados de PESF SL. A ello habría que añadirle el 25 % en concepto de ocupación ilegal y los intereses de demora desde el año 2009 hasta la actualidad. Es decir, de momento ocho años. Al importe así calculado habría que detraerle la ejecución de los avales (7,3 millones de euros), así como los anticipos por amortización de las hipotecas (2,3 millones de euros).

Así pues, solo por este concepto (repetimos, exclusivamente de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento, que nada tiene que ver con el pasivo de PESF recogido en el concurso de acreedores), el Ayuntamiento tendría que abonar el importe de 77,9 millones de euros para el supuesto de que todos los socios demandaran al Ayuntamiento. 

Es necesario insistir que esta deuda que contraería el Ayuntamiento para el caso de que todos los socios privados demandaran, no se solapa con la correspondiente al pasivo de PESF SL, sino que se agrega a aquella y la asume íntegramente el Ayuntamiento porque se trata de su propia responsabilidad patrimonial. Así pues, nada tiene que ver esta deuda con la contraída por PESF SL según el pasivo del concurso, y no conseguimos entender la frivolidad de la alcaldesa al asegurar en el pleno que con la operación del préstamo de los 33 millones autorizados por el pleno, se está camino de solucionar el caso plaza de España. Nada de eso es cierto pues y es una irresponsabilidad afirmarlo.

EXPLICACIÓN AL CUADRO SEGUNDO

Este cuadro trata por lo tanto y en consecuencia con lo anterior, de calcular cuál sería el coste real de repercusión por cada metro cuadrado aportado por los socios privados, acumulando la deuda proveniente de las condenas al Ayuntamiento, los importes abonados ya a los socios por conceptos como realojos y lucros cesantes, así como todo el pasivo que PESF SL arrastra en el concurso de acreedores y que asciende a 92,3 millones de euros,  en el cual no se hallan agregados los reclamados por los socios privados en concepto de los inmuebles no retornados. Es decir, en dicho pasivo se hallan contenidos los créditos privilegiados (56 millones de euros casi todo a favor de Bankia), los créditos ordinarios (35 millones de las empresas constructoras, la EMS y otros proveedores), así como otros créditos contingentes o contra la masa. 

Esta simulación demostraría que ambas deudas (la del Ayuntamiento y la de plaza de España) no son excluyentes sino acumulativas. Así pues, la deuda contraída por el Ayuntamiento para con los socios privados de PESF SL (para el caso de que todos ellos hubieran demandado a la Corporación y aplicando los últimos criterios del TSJM), más la deuda inicial (año 2013)  contraída con acreedores y proveedores por PESF, menos los importes de las hipotecas y de los avales ejecutados, supondría una pavorosa deuda acumulada de 182 millones de euros, en los que estarían agregados los importes ya cobrados de 4,3 millones de euros por compensaciones económicas anticipadas a los socios privados, y 7,6 por realojos y lucros cesantes ya pagados también a los socios. 

Lo anterior representaría nada menos que una repercusión final liquidativa de coste de la operación por cada metro cuadrado aportado por los socios privados, de 10.406 €/m2. O lo que es lo mismo, para que el Ayuntamiento pudiera recuperar este formidable coste sobrevenido tanto por su propia responsabilidad como por la derivada de PESF SL, tendría que vender en el futuro, por ejemplo, una vivienda de 100 m2 a nada menos que 10.406.000 €. Sinceramente, solo desde el desconocimiento más supino puede afirmarse pues que el caso plaza de España está en vías de solución con el préstamo de 33 millones de euros del Fondo de Impulso autorizado por el pleno, y con los secretos acuerdos de la alcaldesa y el equipo de gobierno con Bankia y el Administrador concursal. Pero mientras tanto, que siga la fiesta.

sábado, 12 de mayo de 2018

EN EL PELOTÓN DE LOS TORPES

PLENO DE SEPTIEMBRE DE 2017 EN EL QUE SE APROBÓ LA CUENTA GENERTAL DE ¡2015!

ÚLTIMO INFORME DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE 2018. SAN FERNANDO DE HENARES NO RINDE LAS CUENTAS DESDE 2016



EL AYUNTAMIENTO NO RINDE LAS CUENTAS
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El Ayuntamiento de San Fernando de Henares figura una vez más entre el pelotón de los torpes de los informes de la Cámara de Cuentas, por no rendir las cuentas en el plazo legal previsto del ejercicio de 2016. De un total de 178 municipios, el de San Fernando figura en el lamentable listado de 10 que aún faltan por rendir la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2016. 

El equipo de gobierno no rinde las cuentas a la Cámara de Cuentas, tiene prorrogados los presupuestos de 2016, el Defensor del Pueblo le tiene abierto un expediente por actitud hostil al no atender quejas presentadas desde 2016, las actas de los plenos y de la Junta de Gobierno no se suben (o no se confeccionan) desde mediados de 2017, etc., etc., ¡Pero qué bien le sale la ruta de las tapas!

Desde luego este equipo de gobierno deja mucho que desear en muchas cuestiones, pero en materia de transparencia se lleva la palma. Que a estas alturas no haya sido aprobada y presentada la Cuenta General de 2016, que no hayan aprobado tampoco los presupuestos de 2018 y estén funcionando con los prorrogados de 2016, cuando con la última modificación legislativa pueden hacerlo por la Junta de Gobierno si el Pleno los tumba, o que no se conteste a los requerimientos del Defensor del Pueblo con la amenaza de éste de pasar el tanto a la Fiscalía; sin olvidar que no es posible, en plena época digital, consultar las actas de los Plenos y de la Junta de Gobierno porque las primeras no se suben a la web municipal desde junio del año pasado, y las segundas desde octubre, revela un estado de cosas en relación con el funcionamiento de la corporación bien lamentable. Algo va a pasar antes de las próximas elecciones si esto sigue así de caótico.

LA CUENTA GENERAL DE 2015 Y OTROS FRAUDES

El pasado día uno de febrero de los corrientes presentábamos un escrito dirigido a la señora alcaldesa en el que le solicitábamos tres cosas:

- Que se nos facilitara la información de la persona o personas que recibieron las notificaciones del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid, y se nos dijera la causa por la que la Corporación no se personó en el incidente concursal resuelto por el Auto 401/2013, en la que se condenaba al Ayuntamiento a pagar una deuda a la masa concursal por importe de 3,4 millones de euros.

- Que, asimismo, se nos indique la razón por la que la EMS presidida por la propia Alcaldesa, no se personó tampoco en los mismos incidentes instados por el administrador concursal, y que dieron lugar luego al Auto de arriba y a otro de 7 de enero de 2016, y que se nos facilitara el nombre de la persona o personas que decidieron no hacerlo.

- Que, al amparo de lo previsto en la Ley 7/2007 de abril, de Transparencia de las relaciones financieras de las administraciones públicas, se nos permitiera la CONSULTA COMPLETA del expediente relativo a la Cuenta General de 2015.

Pues bien, estamos a doce de mayo y aún no hemos recibido contestación alguna a nuestras peticiones, razón por la cual vamos a poner el asunto en conocimiento del Defensor del Pueblo de nuevo, de la Cámara de Cuentas, así como de la Fiscalía, porque pedir transparencia a este equipo de gobierno es inútil y una pérdida de tiempo.

EL FRAUDE

La Cuenta General de 2015 fue aprobada como siempre fuera de plazo, por el Pleno municipal en su sesión de 6 de septiembre de 2017. Y ciertamente esta Cuenta General contiene inquietantes indicios de que la entidad IBERCAJA pudo ser objeto de un indecente trato de favor por parte del Administrador Concursal del concurso de PESF SL, con la cooperación inestimable de alguien de la EMPRESA MUNICIPAL DE SUELO e incluso del Ayuntamiento.

En efecto, una de las cosas más misteriosas de todo este monstruoso asunto del caso plaza de España, lo constituye el hecho de que el Juez de lo Mercantil nº 6 de Madrid que lleva el concurso de acreedores, dictó un Auto, el 401/2013, en virtud del cual se le adjudicaron a PESF SL un total de 20 locales comerciales pertenecientes a la EMS, y sin  embargo posteriormente, mediante Auto de 7 de enero de 2016, el mismo Juzgado adjudicaba 19 locales (había desaparecido uno) a la mercantil CERRO MURILLO SA, filial precisamente de IBERCAJA. ¿Qué había pasado con ese local número 20?

A CERRO MURILLO SA  le fue facilitada subrepticiamente la documentación correspondiente a los locales por parte del AC, con objeto de que los tasara. Pero esa tasación sin embargo se hizo sobre 19 y no sobre los 20 adjudicados por el Juzgado. Y, de forma increíble, fue la propia empresa filial de IBERCAJA y destinada a ser luego la adjudicataria del lote, la que encargó la tasación de los locales que, oh sorpresa, coincidía precisamente con el saldo vivo que tenía IBERCAJA contra la EMS por un préstamo con la garantía de esos locales. Y llegados a este punto, es preciso hacerse las siguientes preguntas: 

¿Cómo es posible que se permita hacer la tasación a la empresa filial de IBERCAJA, CERRO MURILLO SA, que luego va a ser la adjudicataria? ¿Qué pinta en todo esto IBERCAJA si no estaba personada en el concurso porque no era acreedora de PESF SL? Y, sobre todo, ¿qué fue lo que pasó exactamente con el local número 20 que el Juez adjudicó a PESF SL y que sin embargo luego el AC no le entregó a CERRO MURILLO SA?

Todo parece indicar que pudo perpetrarse un presunto fraude procesal en el incidente ya referido, y que alguien del Ayuntamiento intencionadamente decidió no personarse en el mismo incidente concursal, con objeto de favorecer a PESF SL. 

Hoy sabemos que ese local fue vendido unos días antes de pedir el concurso de acreedores, que se hizo por 100.100 € abonados en efectivo, que los cobró la EMS a pesar de que ya los había vendido a PESF SL, y que para ello tuvieron que firmar un contrato de retroventa entre PESF SL y la EMS apenas dos días antes de solicitar el concurso de acreedores. 

Sin embargo, el expediente de la Cuenta General de 2015, parece que tiene la clave de buena parte de este proceloso y fraudulento asunto, pero la señora Alcaldesa al parecer no desea que metamos las narices en esto al no facilitarnos consultar el expediente completo. Pues bien, no nos queda otro remedio que acudir a la Cámara de Cuentas y a la Fiscalía, porque no es posible todo este oscurantismo interesado.

Ciertamente del expediente de la Cuenta General de 2015, ese que la señora alcaldesa no nos deja consultar estando en nuestro perfecto derecho a hacerlo, se desprende que IBERCAJA aplicó parte del crédito que se le adjudicó por parte del AC, a un préstamo distinto al que tenía constituido por los veinte locales, y que ni PESF SL ni la EMS rebajaron nunca ni dieron cuenta a nadie de la venta de ese local, que a pesar de estar vendido a PESF SL por parte de la EMS, el importe, cobrado en efectivo además, nunca fue rebajado ni aminorado por ninguna de las dos sociedades. Lo que no impidió que fuera adjudicado varios meses después por el Juez concursal. Ya veremos cómo acaba este inquietante asunto.


jueves, 10 de mayo de 2018

CASO PLAZA DE ESPAÑA: TODOS EMPLAZADOS



EL AYUNTAMIENTO, BANKIA Y EL ADMINISTRADOR CONCURSAL EMPLAZADOS EN EL JUZGADO
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Mediante dos autos dictados el pasado día 24 de abril, la señora Magistrada Juez del Juzgado número 19 de Madrid de lo Contencioso, ha ordenado al Ayuntamiento que sean emplazados para su posible personación en el procedimiento ordinario instado por nosotros,  tanto Bankia como el Administrador Concursal de PESF SL. En dicho recurso pedimos al Juzgado que sean anulados los tres acuerdos de las sucesivas Juntas de Gobierno Local celebradas los días 3 y 29 de julio de 2009, y 22 de diciembre de 2011.

La nulidad de pleno derecho de estos acuerdos de la Junta de Gobierno Local de julio de 2009 que invocamos, y que permitieron la agrupación ilegal de la plaza de España a una finca resultante, la 31.183, y su posterior hipoteca en favor de Bankia previa escritura autorizada por el notario de San Fernando de Henares D. RAFAEL CERVERA, se basa en la falta del obligado trámite de información pública, un trámite esencial cuya omisión entraña la nulidad del propio acuerdo de aprobación del Proyecto de Reparcelación que luego fue inscrito en el Registro de la Propiedad, y quedando así blindado bajo la figura de la fe pública registral. El ya famoso Proyecto de Reparcelación infringía también numerosos preceptos legales y desde luego el propio Plan General entre otras cosas.

El Juzgado de lo Contencioso considera pues que tanto Bankia como el Administrador concursal en representación precisamente de la sociedad mercantil que presentó estos Proyectos, han de ser citados y emplazados porque el órgano judicial entiende, tal y como nosotros también, que ambos tienen la consideración de interesados en el fondo del asunto y desde luego puede afectarles a ambos la resolución que en su día se dicte. Por lo tanto han de tener la oportunidad de participar en el desarrollo del mismo puesto que la eventual sentencia afectaría de lleno a sus intereses. 

De esta forma ya están todas las partes directamente implicadas debidamente emplazadas: el Ayuntamiento, personado como administración demandada, la propia concursada PESF SL, titular de las fincas en juego, así como Bankia, titular a su vez de los derechos reales constituidos sobre dichas fincas, incluida una plaza de uso y dominio público y un subsuelo con idéntica calificación y sin desafectar.

Ya tenemos dicho que nos resulta absolutamente grotesca la actitud del Ayuntamiento en esta causa, pues no solo no ha proporcionado al Juzgado los tres expedientes administrativos de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en julio de 2009 y diciembre de 2011 alegando que han desaparecido, sino que además pretende que se suspenda el plazo para contestar a nuestra demanda invocando no se sabe bien qué interés general. Nos hemos opuesto pues a esta maniobra absurda y dilatoria del Ayuntamiento, pidiendo además que sea declarado precluído el plazo para contestar y, por lo tanto, sea recibido a prueba el pleito. Ya no hay marcha atrás por nuestra parte. El Ayuntamiento, con su equipo de gobierno a la cabeza junto con la oposición, sinceramente no sabemos adónde quieren ir. Ellos sabrán.

viernes, 4 de mayo de 2018

CRÓNICA DE UN EXPOLIO (III)


Para aquellos que han descubierto la problemática de la plaza de España recientemente y, además, están en la creencia errónea de que nuestra asociación solo ha intervenido en este y otros asuntos desde hace pocos años para acá, he aquí una prueba y un testimonio de lo contrario: nuestras denuncias sobre la situación de la plaza de España se remontan a muchos años atrás y así quedó recogido en el ya desaparecido Diario 16 en el año 2001. Nuestras denuncias de entonces lo eran por la proliferación de fachadas y pinturas en los numerosos bares de copas que iban apareciendo entonces en la plaza, y por la tolerancia del equipo de gobierno de estos atropellos contra un conjunto declarado Bien de Interés Cultural. También pedimos entonces al Ayuntamiento que nos ofreciera copia de las licencias de estos establecimientos, sin que nos las facilitaran nunca. No sabemos si es porque no las tenían o porque no se ajustaban realmente a las ordenanzas urbanísticas del PGOU. El entonces equipo de gobierno no hizo nada por restaurar la legalidad de estos claros atentados a un Bien de Interés Cultural declarado Conjunto Histórico, y convertido en un aquelarre de antros que no solo incumplían la Ley de Patrimonio Histórico sino que también demostraban tener muy mal gusto. Años después hemos podido conocer algunas cosas más a raíz del caso plaza de España y aquí las contamos.


En la zona norte de la plaza había dos de estos antros de copas con las fachadas que pueden verse en las fotografías. Aunque el uso de estos inmuebles era residencial, sin embargo se permitió el de bar de copas y la división de la vivienda en dos con ocupación también del patio interior. Estos inmuebles eran propiedad junto con la vivienda de la planta primera, de quien luego sería socio y miembro del consejo de administración de la sociedad mixta PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, quien gozó de extraordinarios privilegios como puede verse en el cuadro de abajo.




CUADRO DE LOS PAGOS REALIZADOS Y DE LOS COMPROMISOS ECONÓMICOS ACORDADOS CON EL PROPIETARIO DE ESTOS INMUEBLES Y, A LA SAZÓN, MIEMBRO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE PESF SL TAMBIÉN
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EXPLICACIÓN AL CUADRO
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Los favores económicos con que fue distinguido este socio de PESF SL y miembro del consejo de administración por parte de los administradores de la sociedad mixta, se resumen en este cuadro y constituyen un ejemplo palmario del porqué esta sociedad acabó en la quiebra. Se da la circunstancia, además, de que este miembro del consejo siempre votó a favor de las propuestas que se presentaron y era quien, en caso de empate, lo deshacía con su voto. Los importes del cuadro lo explican todo.

1.- La superficie catastral y la registral no coincidían y el propietario carecía de titulo de propiedad de 104 metros de patio (algo que ha sucedido en muchos casos). No obstante lo cual se lo reconocieron generosamente emitiendo las correspondientes participaciones considerando que aportaba 464 m2 cuando en realidad registralmente solo podía acreditar 288 m2. Dado que, como se dice, esta situación se ha dado en bastantes casos, el resultado de ello fue que se emitieron más participaciones que superficie real aportada por los socios en una proporción que se aproxima a unos 2.000 m2 (aproximadamente 1,4 millones del capital social). Lo cual significa que, en su conjunto, los socios eran tenedores de más participaciones de las que tenían derecho y, por lo tanto, las que tenían en su poder representaban más capital social del realmente aportado por ellos.

2.- A este propietario se le reconocieron también lucros cesantes por los dos locales que tenían arrendados, cuando ese importe ya debía de estar incluido en el justiprecio. Se le pagó pues un lucro cesante de las actividades de los bares de copas que legalmente no le correspondía y que también se le pagó a los arrendatarios. Además, se le pagaron por otros conceptos como realojos (1.800 €/mes) e indemnizaciones por dotación del local (1.502 €/mes), etc. En total se le pagaron durante 36 meses 6.934 €/mes y aun así este importe tampoco se correspondía con el pactado en el convenio que era menor. En total este socio habría cobrado en 36 meses 257.000 € solo por estos conceptos.

3.- También a este socio le fue admitido el pago de la compra de sus participaciones mediante la aportación de inmuebles que en realidad estaban hipotecados. Lo que obligó a la sociedad a desembolsar 143.724 € para amortizar su hipoteca. De la misma forma, se le pagaron 155.750 € por el patio de 104 m2 del que carecía de título de propiedad alguno, a pesar de que ya se lo habían reconocido y abonado en los títulos de las participaciones que le entregaron. Esto se hizo mediante una modificación de la cláusula 3ª del convenio pero sin que lo autorizara el órgano plenario nunca.

4.- Por su parte, consiguió vender sus derechos a la propia sociedad mediante otra nueva modificación del convenio tampoco autorizada por el pleno, en virtud de la cual le pagaron 1.391.000 €, y si bien no consiguió cobrar los pagarés que le entregaron, sin embargo sí tiene reconocido este mismo crédito en el concurso de acreedores. De la misma forma y a pesar de haberse desprendido de sus derechos en la sociedad con anterioridad, sin embargo cobró también el aval que le habían entregado un año después de haberlos vendido a la propia sociedad.

5.- En concepto de lucro cesante se le pagaron mensualmente a los dos arrendatarios de los bares de copas un total de 7.500 €/mes, lo que supone que les abonaron durante los 36 meses un monto total de 270.000 €. Este importe se calculó a tanto alzado y, como puede verse, es muy dudoso que esos bares generaran tales beneficios que por otra parte nadie les pidió que acreditaran. Se da la circunstancia de que los contratos de alquiler de estos locales lo eran inicialmente por un importe de 500 €/mes cada uno. Pero luego los revisaron al alza cuando supieron que PESF SL les iba a pagar los lucros cesantes tanto al propietario como a ellos. El importe de los contratos de alquiler novados fue multiplicado por tres, es decir, le fueron presentados a PESF SL importes de 1.500 €/mes cada uno.

6.- Además de todo lo anterior ya cobrado, tanto el propietario como los arrendatarios tenían reconocidos créditos hasta septiembre de 2014 en el concurso de acreedores, por importe de 1.496.000 €, lo que unido a lo ya pagado, el importe real que se habría pagado y/o reonocido por este inmueble sería de 2.560.498 €. Lo que arrojaría una repercusión por m2 según la superficie a tener en cuenta que va desde los 10.668 €/m2 a los 5.527 €/m2. En cualquier caso una barbaridad.

LAS CONSECUENCIAS DEL SAQUEO

En el devenir de la gestión de PESF SL entre 2008 a 2011 se produjeron una serie de decisiones por parte de sus administradores que, como este ejemplo real, bien puede calificarse de escandaloso saqueo de la sociedad mixta, realizado además gracias a la más estricta opacidad y ocultamiento (las cuentas de 2009 y 2010 no fueron depositadas sino hasta 2012). Opacidad y secretismo gracias al cual un número elevado de socios realizó verdaderas operaciones lucrativas cuya justificación es a todas luces imposible.

En este caso, al igual que en otros muchos más, podemos observar cómo, uno de los socios principales que además formó parte del propio consejo de administración, le fue reconocido un justiprecio muy superior a los títulos de propiedad que aportó, se le amortizó plenamente la hipoteca pendiente que tenía, se duplicó el pago de un patio interior de cuyo título de propiedad carecía y se le pagó en efectivo más del doble del que se le había reconocido como justiprecio. También se le abonaron lucros cesantes por los locales que tenía arrendados y que se le pagaron también a los arrendatarios, y cuyos contratos de alquiler fueron revisados al alza multiplicando por tres el importe cuando supieron que se les iba a pagar el alquiler. Asimismo vendió sus derechos anticipadamente por un precio 4,5 veces superior al justiprecio y también ejecutó el aval a pesar de que había vendido sus derechos a la propia sociedad.

Es simplemente inaudito que desde el equipo de gobierno no hayan procedido a depurar debidamente todos estos casos que responden a hechos e importes reales. Y, por el contrario, hayan optado por lo más fácil y oneroso para el interés municipal: olvidarse de casos como este y proceder a pedir un préstamo de 33 millones para pagar lo que, en no pocos casos, ya habría sido cobrado con creces. Esta es la razón por la que consideramos que proceder sin más a pagar lo que reclaman muchos de estos señores sin depurar caso por caso, es pura lisa y llanamente un expolio de las arcas municipales.  Y cuya fiscalización hace necesaria la intervención de la Cámara de Cuentas.