domingo, 1 de junio de 2014

EL MISTERIO CONTABLE DE LOS AVALES



En el informe provisional elaborado por la AC del concurso de PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, quedaba recogido como crédito privilegiado especial a favor de BANKIA, el importe correspondiente a la línea de avales prestados a favor de la sociedad mixta por importe de 7.003.287,49 €. El monto de todos los créditos reconocidos a BANKIA ascendía a la fecha de dicho informe (febrero de 2013) por lo tanto a 64.083.592,88 €.



Si embargo, en el informe definitivo firmado por la AC con fecha marzo de 2014 y ya entregado al juzgado, aparece como reconocido a favor de BANKIA créditos a su favor por solo 56.347.655,80 €. Es decir, han desaparecido de golpe los 7,03 millones de euros de los avales que se le reconocieron en el informe provisional.



Por otra parte, la AC en su informe definitivo entregado ya al juzgado, mantiene la misma partida de 7.003.287,49 € entre la masa activa, formando parte del inventario de bienes y derechos y bajo la rúbrica de inversiones financieras a largo plazo. 

En realidad esta partida no es otra cosa que una IPF indisponible abierta a principios de 2009, con objeto de constituir una especie de prenda en garantía de los avales prestados a PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL frente a los propietarios afectados. El depósito de la IPF inicial se constituyó por el importe de 9 millones de euros, pero contra ese saldo fueron aplicados (compensados) varios importes. Una buena parte de los cuales fueron las mensualidades de los realojos de los meses de enero y febrero de 2013. 

Se supone que esos importes retenidos debían de cubrir o garantizar todos los avales a que venía obligada la sociedad mixta hasta al menos el importe del justiprecio fijado, es decir, algo más de 12 millones de euros. Pero no fue así. Solo fueron extendidos avales para los afectados de la primera fase de constitución de la sociedad por importe de algo más de 9 millones de euros. No obstante lo cual, sorprende sobremanera el hecho de que en los balances contables de la sociedad mixta no aparezca este importe (el de la línea de avales con BANKIA), en el pasivo de esos balances. Aunque a decir verdad, nada puede ya sorprendernos.

BANKIA ha hecho creer a todo el mundo, incluido los administradores de la sociedad, que la IPF donde figuraba un saldo de 7,003 millones de euros a favor de la sociedad estaba pignorada, cuando en realidad era un importe que provenía de la disposición de los préstamos hipotecarios, y, por lo mismo, ya estaba garantizado. Todo parece indicar que en absoluto este importe estuviera pignorado (solo indisponible, eso sí), con todas la bendiciones. Es decir, con póliza pignoraticia intervenida por notario. 

Hoy, la mayoría de los afectados ha ejecutado los avales y BANKIA ha aplicado el pacto de compensación con cargo a la IPF. Eso sí, lo ha hecho ya cuando el concurso estaba declarado, y por lo tanto solo ha podido serlo con autorización de la AC. Es decir, un acreedor, BANKIA, habría sido autorizado a resarcirse de la deudora de un crédito en perjuicio de los demás acreedores.

Por esa razón, en el informe definitivo del administrador concursal ha desaparecido el crédito a favor de BANKIA de los avales por importe de 7,003 millones de euros, quedando a su vez convertido en un crédito contingente de saldo 0 en estos momentos.

Y a la vista de todo esto, surgen un buen puñado de inquietantes preguntas al administrador concursal. Entre otras, debemos preguntarnos necesariamente lo siguiente: si BANKIA ha aplicado al saldo de la IPF la compensación de los avales que ha tenido que pagar a los afectados, ¿cuál es la razón por la que usted mantiene vivo el saldo de esa IPF de 7,003 millones en la masa activa de la sociedad, cuando lógicamente ese dinero habrá desparecido de la cuenta bancaria? 

Y desde luego no podemos sino hacernos la gran pregunta: ¿cómo es posible que diga usted que su informe es el definitivo, y sin embargo reconozca que aún no sabe a cuánto ascienden los créditos a favor de los afectados por los inmuebles sin entregar? Demasiadas preguntas sin respuesta, señor administrador. Y todo un misterio este de los avales de BANKIA que requieren, sin duda, un esclarecimiento urgente.
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NOTA: Seguiremos comentando en sucesivas entregas el informe definitivo de la AC, pues no tiene desperdicio.

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PD. 

EL CONFIDENCIAL

El Gobierno quitará a los jueces el poder para nombrar administradores concursales
http://www.elconfidencial.com/economia/2014-06-02/el-gobierno-quitara-a-los-jueces-el-poder-para-nombrar-administradores-concursales_138951/

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La regulación de los administradores concursales anunciada la semana pasada tendrá como eje la eliminación de la capacidad de los jueces de nombrarlos discrecionalmente, como hacen en la actualidad. Se trata de una merma del poder de los magistrados que el Ejecutivo considera imprescindible para poner fin al oscurantismo y al negocio que se ha creado en torno a esta figura. La modificación se introducirá en una enmienda a la Ley de Refinanciación y Reestructuración de empresas que se encuentra en tramitación parlamentaria, en la que se establecerán requisitos nuevos y específicos para poder ser designado administrador.
Hasta ahora, existen unas listas de candidatos a ser designados administradores concursales en los colegios de abogados, pero los jueces escogen a los que ellos quieren de forma discrecional, sin aplicar ningún criterio ni turno. La intención de esta enmienda es crear una especie de registro o colegio de administradores –algo que solicita PwC en un informe titulado 'Temas candentes de las reestructuraciones financieras'– con unos requisitos concretos para poder acceder a esta figura, así como unos procedimientos sobre cómo se deben seleccionar en cada caso dentro de dicho registro.
"Se trata de que dejen de ser administradores judiciales al servicio de un juez y que pasen a ejercer como verdaderos administradores concursales que velen por los intereses de la empresa", explica una fuente conocedora de la nueva norma. El Gobierno ve con gran preocupación la falta de transparencia y la arbitrariedad en la selección de una figura que se ha convertido en clave con el aluvión de concursos de acreedores que ha traído la crisis. Según las fuentes, el Ejecutivo considera que hay casos en que se ha constituido un verdadero negocio con estas designaciones, lo que da pie a prácticas 'singulares' y a unos honorarios desorbitados en algunos casos que quiere cortar de raíz.
Esta preocupación coincide con las quejas generalizadas de la empresas concursadas y sus acreedores, que acusan a los administradores de alargar los procesos innecesariamente –cuanto más largos, más cobran–, de preferir siempre la liquidación antes que reflotar las compañías y, sobre todo, de ponerse ellos los primeros a la hora de cobrar, con lo que se dan casos en que los damnificados por la suspensión de pagos no ven un euro pero los administradores sí cobran. Todo ello conduce a la idea generalizada de que ser administrador judicial es un "chollo".

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