lunes, 23 de agosto de 2010

ESPERANDO AL FISCAL


DEMOLICIÓN TOTAL DE LOS EDIFICIOS CATALOGADOS
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Son bastantes los visitantes del blog que a través del correo, nos envían denuncias acerca de lo que está pasando con la demolición prácticamente total de las antiguas edificaciones catalogadas de la plaza de España. Mejor habría que decir que han sido totalmente arrasadas. Nuestra asociación puso en conocimiento de la Dirección General de Patrimonio los hechos (también la ilegal cesión de la plaza a una mercantil privada), sin embargo, y aún cuando nos consta que ha habido actuaciones, no hemos recibido comunicación alguna del centro directivo de la CAM, lo cual es mosqueante. Sabemos también que los señores de WOODMAN SL se han personado en la propia Dirección General, sin que se sepa qué pintan esos señores en todo esto. Estamos pues a la espera de que de la D.G. de Patrimonio Histórico nos dé traslado de alguna resolución, y sólo esperaremos hasta primeros de septiembre. Si para entonces no hemos recibido nada, pondremos el asunto en manos de la fiscalía. No obstante, y ante las insistentes denuncias que nos llegan, justificadamente alarmantes, es necesario por nuestra parte realizar algunas precisiones:


EL ORIGEN DEL DESAGUISADO: EL DENOMINADO "PROYECTO UNITARIO"
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En la ficha correspondiente a la Unidad de Ejecución nº 1 del documento de gestión del PGOU, se hace referencia a una supuesta imposición de la D.G. de Patrimonio en la tramitación del Plan, según la cual, era preciso realizar antes de iniciar actuación alguna, un denominado "Proyecto Unitario" para toda la Unidad. El Equipo redactor del Catálogo (tramitado junto con el PGOU), no fue el mismo que el del Plan, sino que fue otro distinto constituido por Teresa Arenillas Parral y Pol, Jalvo y del Río de Arquitectos SL. El documento, ya queda dicho, parece que fue encargado por la propia D.G. de Patrimonio. Pero esta imposición invocada permanentemente por el equipo de Gobierno, es contradictoria con el propio catálogo e inviable legalmente por las siguientes razones:
1.- Entre las edificaciones de la plaza de España (19 en total), hay al menos cuatro elementos cuya catalogación revela que provienen de épocas diferentes, y alguno de ellos se conserva tal y como fue construido en 1746. Es el caso de plaza de España 16. No se entiende bien cómo es posible imponer un "Proyecto Unitario" si entre esas edificaciones hay elementos diferentes.
2.- Un Proyecto Unitario no es otra cosa que un proyecto de ejecución de obras, y es claro que no es una norma (ordenanza). Lo insólito de esto es que, cuando lo seleccionan se dan cuenta de que no se ajusta a la propia normativa urbanística y, lo que es más insólito aún, tampoco al Catálogo. Lo primero ha sido modificado mediante un Plan Especial y la Modificación puntual del PGOU (ambos trabajos hechos por el mismo arquitecto autor del Proyecto, cosa que no permite las normas del Colegio de Arquitectos), pero lo que no han modificado ha sido el Catálogo.
3.- El hecho de que el Catálogo fuese incorporado a la Revisión del PGOU formando parte del mismo, y estar redactado por equipos distintos, ha generado disfunciones graves, como es el hecho de que en la ficha correspondiente a esta unidad de ejecución UE-1, exista un error grave que afecta al Aprovechamiento tipo del Área de Reparto. Este error obliga necesariamente a tramitar una modificación del PGOU, cosa que han ignorado olímpicamente desde el Ayuntamiento.

Por otra parte, no se entiende bien cómo es posible que haya sido considerada una sola unidad, pues es claro que hay dos ámbitos separados y sin solución de continuidad dentro de la unidad. Al menos debería de haber sido considerada una unidad discontínua. Los Tribunales tiene ahora la palabra.




La declaración de conjunto histórico del año 1983 hace mención al trazado, los restos de la fachada de la Fábrica y las construcciones de la plaza de España. De estas últimas, el Ayuntamiento tiene perfecto conocimiento de la precariedad de las cimentaciones de todas las viviendas de la plaza. Pero es como si deliberadamente lo hubieran ignorado con la sola intención de justificar y provocar su demolición.


El PGOU delimita el ámbito del denominado Casco Histórico. En él hay dos Unidad de Ejecución que se encuentran en Áreas de Reparto distintas. Estas Unidades son la del solar de Echeveste (a Echeveste se le regalaron 6.000 m2 cuya propiedad no pudo justificar), y la de la plaza de España. Los elementos arquitectónicos a proteger están señalados en amarillo.


UNA EDIFICACIÓN ORIGINAL QUE YA NO LO ES

En las fichas del Catalogo se hace mención a esta edificación que se corresponde con el número 16 de la plaza de España y el CH02 del Catálogo. En esa ficha se dice que este edificio fue construido entre 1746 y 1756, y que es el único que conserva totalmente los elementos originales. Con él hay otros tres edificios más, aunque no todos son de la misma fecha. El grado de protección de estos edificios (al menos de estos), era el de protección integral, si bien, incomprensiblemente, se remite al famoso "Proyecto Unitario". Es evidente que mediante ese denominado "Proyecto Unitario" se pretende hacer tabla rasa de todas las edificaciones, y al considerarlo como si fuera una figura de planeamiento, es decir, una especie de ordenanza pero sin serlo y sin haberlo tramitado con tal, se han favorecido y consumado los atropellos posteriores. Lo dicho, si en ocho días no recibimos comunicación de la D.G. de Patrimonio, pondremos el asunto en conocimiento de la fiscalía.

lunes, 16 de agosto de 2010

EL URBANISMO DE JUAN PALOMO, A LOS TRIBUNALES






UNA LICENCIA CLARAMENTE ILEGAL
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Esta resolución del Concejal de Política Territorial, dictada el día 21 de abril pasado, tiene tres peculiaridades: el solicitante es el propio Concejal como consejero de la mercantil PLAZA DE ESPAÑA SAN FERNANDO SL, es decir, se autoconcede la licencia. Es una licencia condicionada a que sea publicada la norma que la habilita, es decir, es ilegal. Y, además, el proyecto ha sido visado por el Colegio de Arquitectos de Madrid, a pesar de que las Ordenanzas no lo permiten, y su autor está claramente incompatibilizado para firmar dicho proyecto, por cuanto que es el redactor, por encargo del mismo Concejal y consejero delegado de la empresa, de la Modificación Puntual del PGOU, cuya aprobación precisamente habilitaría la licencia que se autoconcede.


Cartel anunciando el inicio de las obras. Lo firman conjuntamente el Ayuntamiento (luego lo borraron), y el GRUPO ORTIZ, agraciado con la "adjudicación" de las obras que se iniciaron a pesar de la condición suspensiva de la propia licencia, y el hecho evidente de que la Modificación del PGOU ni había sido aprobada ni, desde luego, había sido publicada. Es decir, se estaba ejecutando sin respetar la propia licencia que se había utoconcedido el concejal que a su vez es consejero delegado de la beneficiarla de la licencia.







Pero no hay nada que arredre a nuestro hombre orquesta del urbanismo sanfernandino, pues he aquí que el día 23 de julio, es decir, cuando llevan ya varios meses iniciadas las obras, con un par, el concejal de la cosa y consejero de la mercantil privada (no hay que olvidarlo), va y nos publica la aprobación de la Modificación del PGOU, porque, según él, al tratarse de una Modificación NO SUSTANCIAL, se halla aprobada por silencio administrativo positivo. Es decir, que este señor se solicita a sí mismo una licencia, se la autoconcede, aunque sabe perfectamente, porque así consta en la propia resolución, que la norma que la habilita no está publicada (es decir, no ha entrado en vigor en todo caso), y, después va y él mismo dicta una resolución dando por aprobada la Modificación Puntual del PGOU y publicándola en el BOCM, cuatro meses después, a pesar de no ser competente para ello. Es inaudito y probablemente antológico, pero este es el urbanismo de Juan Palomo, yo me lo guiso y yo me lo como.




Y las sorpresas no quedan ahí. La licencia concedida en abril, es decir, su Proyecto, ¡ha sido visado favorablemente por el Colegio de Arquitectos! ¡Manda huevos! que diría el otro. ¿Cómo es posible que el Colegio de Arquitectos de Madrid, vise favorablemente un Proyecto que va contra las Ordenanzas del PGOU vigentes? Pues sí señor, he aquí una muestra más del estado de cosas de nuestras administraciones y corporaciones que, además de inútiles (no se sabe bien para qué sirven los visados colegiales), ni siquiera hacen comprobaciones elementales, como es la de ver si el proyecto se ajusta a las normas vigentes.
Sin olvidar, claro está, las propias normas colegiales que incompatibilizan a su autor, por cuanto que tanto la Modificación Puntual del PGOU como el Plan Especial que modificaba las condiciones de la Unidad, fueron redactados por HERMOSO Y HEIMANNSFELD SLP. Es decir, los mismo autores del Proyecto de la licencia. ¡Todo lo anterior visado por el Colegio! Hay quién dé más irregularidades en toda esta monumental chapuza.




Y estas son las Normas del Colegio que incompatibilizan para intervenir durante dos años, a los Arquitectos que han intervenido en la redacción de figuras de planeamiento general o sus modificaciones, cual es el caso, bien en planeamiento de desarrollo, bien, desde luego en proyectos de obras en el ámbito territorial al que afecte dicho planeamiento.

Por todas estas razones es por lo que nuestra Asociación acudirá a los tribunales, sin descartar ninguna jurisdicción.

martes, 3 de agosto de 2010

LA LAMENTABLE INTRUSIÓN DE LAS VÍAS PECUARIAS

LA VEREDA DE SEDANO
Las intrusiones en las vías pecuarias en San Fernando es bien lamentable. He aquí una de las más evidentes y comprobables: la de la Vereda de Sedano. Las campas de vehículos claramente ilegales por cuanto que carecen de las preceptivas licencias, ocupan clandestinamente estos espacios públicos, que deberían de ser corredores ecológicos de acceso libre y público, y, desde luego, su ocupación no está permitida salvo en casos excepcionales y de interés público.



El PGOU de San Fernando delimita y establece el régimen del suelo de estos espacios, en los que por su naturaleza de no urbanizable y protegido, ninguna actividad que no sea compatible con esos usos, está permitida por la correspondiente ordenanza. La competencia de la vigilancia y conservación de estos espacios es compartida, pues si bien la titular de estos espacios es la Comunidad de Madrid, es evidente también que la dejación de responsabilidad del Ayuntamiento, que a sabiendas de que se hallan ocupadas ilegalmente, se realizan en ellas actividades que requieren, cuando menos, licencia municipal. Licencia que en ningún caso ha podido ser concedida, razón por la cual hay que concluir que el Ayuntamiento ni vigila estos espacios ni tiene interés alguno en hacerlo.






Hay una valla con un puerta cerrada que impide el paso. Acceder a este espacio público es imposible, y no se sabe quién ni en nombre de qué se ha apropiado por la vía de los hechos de estos espacios, que además de ser de acceso público, han de estar libres de obstáculos. El abandono de las administraciones, deja la vía libre a la utilización desaprensiva de no pocos negocios y actividades que se han levantado aprovechando la desidia de la Comunidad y del Ayuntamiento.